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Educadores indígenas ganaran hasta 11 millones de pesos

Así quedo establecido en el nuevo decreto que reglamenta los salarios de educadores indígenas expedido por MinEducación.

Con la expedición del decreto 2246 expedido el 22 de diciembre de 2023 el Ministerio de Educación definió la remuneración de los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas que atiendan población indígena en territorios indígenas, en todos los niveles de educación preescolar, básica y media, vinculados en propiedad.

La medida salariar cobija a los etnoeducadores vinculados según lo definido en el Decreto 1345 de 2023.

¿A que docentes cobija esta medida salarial?

Según lo establecido en el Decreto 1345 de 2023 los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas son aquellas personas que tienen una relación laboral para el desarrollo de la educación indígena propia y contribuyen a la consolidación del SEIP en lo correspondiente a los procesos pedagógicos de los pueblos indígenas.

Los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas ejercen funciones de dirección y coordinación en los establecimientos educativos; seguimiento, control, planeación, ejecución, valoración y capacitación educativa; coordinación y orientación de la educación propia en los territorios; educación especial; alfabetización de adultos y demás procesos formativos de la educación propia.

Cómo se seleccionan los educadores indígenas

Los pueblos indígenas a través de sus autoridades y/o estructuras de gobierno propio, acorde con las necesidades establecidas en sus procesos educativos indígenas propios, tienen plena autonomía para desarrollar e implementar los criterios de selección, vinculación, permanencia, y retiro de los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas.

La selección de Educadores Indígenas será determinado autónomamente por cada pueblo indígena de acuerdo a su proceso educativo propio, el cual tendrá en cuenta los siguientes procedimientos mínimos: (i) identificación de la necesidad en atención de los procesos educativos indígenas propios; (ii) convocatoria comunitaria; (iii) selección comunitaria concertada; (iv) suscripción de acta de compromisos con el Dinamizador Pedagógico o Educador Indígena; (v) legalización del nombramiento ante la entidad territorial certificada en educación.

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Para ser seleccionado como educador indígena el docente debe Ser miembro de la comunidad indígena preferiblemente y cumplir con un marco de cualificación especial.

El nombramiento de los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas se realizará mediante acto administrativo de nombramiento en propiedad, expedido por entidad nominadora competente, del cual harán parte integral, los actos de gobierno propio selección y compromisos suscritos el Dinamizador Pedagógico o Educador Indígena y la comunidad indígena.

 La vinculación se produce a partir suscripción del acta posesión; los nombramientos tendrán efectos a partir de la fecha la posesión.

¿ Cómo funciona el escalafón docente de los educadores indígenas ?

El Sistema de Cualificación Laboral Indígena Especial está compuesto por dos (2) procesos de cualificación de ingreso y movilidad: i) académica; y ii) cultural comunitaria. Estos dos procesos se desarrollan a través de seis (6) niveles, los cuales, se encuentran ajustados de acuerdo con las características de cada proceso.

Salarios y requisitos para ser educador indígena

Un Bachiller o técnico poder ser nombrado como Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígena. Pero para ascender y obtener un salario de hasta 11 millones de pesos se debe contar con un título de doctorado acreditado en Colombia.



NIVELESMOVILIDADASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL
I De preparación Bachiller o técnicoAsignación Básica1.966.41 1
 Mejoramiento salarial I2.089.413
 Mejoramiento salarial ll2.212.414
II De siembra Normalista superior o tecnólogoAsignación Básica2.335.416
 Mejoramiento salarial I2.536.706
 Mejoramiento salarial ll2.737.996
III De germinación Licenciado o profesional no licenciado  Asignación Básica2.939.286
 Mejoramiento salarial I3.024.458
 Mejoramiento salarial ll3.109.631
IV De crecimiento Licenciado o profesional no licenciadoAsignación Básica3.194.803
 Mejoramiento salarial I3.769.665
 Mejoramiento salarial ll4.344.528
V De maduración Licenciado o profesional no licenciado con MaestríaAsignación Básica4.919.390
 Mejoramiento salarial I5.454.910
 Mejoramiento salarial ll5.990.431
VI De producción Licenciado o profesional no licenciado con DoctoradoAsignación Básica6.525.951
 Mejoramiento salarial I8.052.231
 Mejoramiento salarial ll 11.104.791

Movilidad en el escalafón docente indígena

En síntesis, la asignación salarial de los educadores indígenas es muy similar a la de los docentes que se encuentran vinculados por el decreto 1278, con la gran diferencia que el esquema de movilidad salarial y ascenso docente para los dinamizadores Pedagógicos se regirá por los siguientes criterios mínimos:

– Estar fundamentadas en resultados y productos evidencia bies.

– Tener un impacto comunitario y pedagógico.

– Contar con la validación de la respectiva comunidad y la estructura de gobierno propio donde labora.

Para efectos de la movilidad, la comunidad y el Dinamizador Pedagógico o Educador Indígena deberán concertar las cosechas en el marco de la consolidación del SEIP, el proceso educativo Indígena propio, los Proyectos Educativos Comunitarios o como lo denomine cada pueblo.

Para leer el decreto 2246 accede al enlace

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