VINCULACIÓN DE DOCENTES DE PREESCOLAR EN PLANTA TEMPORAL
Ministerio de Educación expide orientaciones para inicio de la ampliación de cobertura y vinculación de docentes de preescolar en planta temporal.
El pasado 20 de junio se expidió la circular 25, dirigida a los gobernadores, alcaldes, secretarios de educación y rectores.
Gobernadores/as y Alcaldes/as de las entidades territoriales certificadas en educación a conocer y apropiarse del ejercicio de identificación de oportunidades y necesidades realizado, en aras de avanzar significativamente en la ampliación de cobertura en los tres (3) grados de preescolar (prejardín, jardín y transición) con calidad y pertinencia.
Lo anterior, considerando que dicha gestión está enmarcada en la Política de Estado para la Atención Integral de la Primera Infancia “De Cero a Siempre”. Igualmente, se convoca a los entes territoriales para que incorporen este propósito en las metas y presupuestos de sus planes de desarrollo territorial, así como en los programas y proyectos que los materializan, contribuyendo con ello en la universalización progresiva y la generación de condiciones de calidad para la educación inicial en sus territorios.
Etapas del proceso de ampliación de cobertura
Convocar a los directivos docentes de los establecimientos educativos o institución educativa donde se proyectó ampliación de cobertura e iniciar con ellos el proceso administrativo para la creación de los nuevos grados en el Directorio Único de Establecimientos Educativos – DUE, de acuerdo con las orientaciones de la Circular 30 de 2023.
Revisar las condiciones básicas de los espacios educativos y mobiliario escolar. A los directivos docentes les corresponde certificar ante la secretaría de educación la existencia de dichas condiciones para solicitar a estas el inicio de la nueva atención.
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Gestionar, por parte de la secretaría de educación respectiva, la cobertura de PAE para niñas y niños nuevos que se vinculan al segundo ciclo de la educación inicial. 4. Retomar o iniciar los procesos de inscripciones y matrícula de los nuevos grupos y grados en el DUE y el SIMAT.
Dar inicio a la atención educativa de acuerdo con las niñas y niños matriculados y las relaciones técnicas establecidas para estos grados.
La adopción de la planta y vinculación de docentes deberá realizarse de manera prioritaria, de modo que se pueda programar el inicio de la atención acorde con las condiciones estructurales y la población por atender identificada (Circular 30 de 2023), incorporándola en la proyección de la nómina nacional.
Identificar y gestionar escenarios territoriales para la atención conjunta para el primer y segundo ciclo de la educación inicial en infraestructuras públicas. Esto implica articular y armonizar la oferta del ICBF o la oferta territorial con la apertura de los grados jardín y prejardín, en el marco del proceso como Centros de Educación Inicial. Para tales efectos, corresponde informar a la Dirección de Primera Infancia del Ministerio de Educación Nacional para acompañar su implementación en lógica intersectorial.
Revisar, armonizar y actualizar, cuando sea necesario, el proyecto educativo, el currículo y los instrumentos relacionados con la gestión escolar para que sean pertinentes con lo establecido en el marco normativo y técnico que orienta la educación inicial.
Fortalecer la integración de las familias en el proceso de ampliación, con el fin de que se vinculen más estrechamente con el desarrollo y aprendizaje de niñas y niños, desde el reconocimiento y valoración de sus saberes, conocimientos y prácticas. Para ello, se sugiere revisar las disposiciones del Decreto 0459 del 10 de abril de 2024 “Por medio del cual se reglamenta la participación de las familias en los procesos educativos de los establecimientos educativos oficiales y no oficiales, de educación preescolar, básica y media para promover el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes”, compilado en el Decreto 1075 de 2015 “Único Reglamentario del Sector Educación”.