La denominada Formación para el Trabajo estaría a cargo del Ministerio del Trabajo y serian similares a un Técnico SENA.
En consulta pública se encuentra el Proyecto de Decreto ” en lo relacionado con el Subsistema de Formación para el Trabajo y su Aseguramiento de la Calidad”, en el cual se adicionaría todo el componente del Subsistema de Formación para el Trabajo al Decreto Único reglamentario 1072.
La iniciativa se fundamenta jurídicamente en la creación del Marco Nacional de Cualificaciones definida en el articulo 194 del Plan de Desarrollo 2018- 2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”.
Esta polémica iniciativa defendida por diferentes gremios de Instituciones de Educación para el Trabajo pretende darle paso a un subsistema educativo que estaría a cargo del Ministerio de Trabajo, entidad Ministerial que ha asumido un mayor liderazgo en materia de formación técnica que el Ministerio de Educación.
El proyecto de decreto, que según el texto no contradice y va en contravía de la Ley 1064 de 2006 que reglamenta la “Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano” pretende crear siete nuevos tipos de técnicos en Colombia, con bastante similitud a un técnico SENA. Los niveles de la formación para el trabajo que se pretende reglamentar son:
- Nivel 1, “habilitación laboral en…”;
- Nivel 2, “Ayudante en…”;
- Nivel 3, “Técnico básico en.…”;
- Nivel 4, “Técnico intermedio en.…”;
- Nivel 5, “Técnico Avanzado en.…”;
- Nivel 6, “Técnico especialista en.…”; y
- Nivel 7, “Experto en.…”.
Estos niveles de formación se basan en el Marco Nacional de Cualificaciones, que aun no ha sido reglamentada y que también se encuentra en consulta pública para ser sancionado vía decreto.
POR QUE UN NUEVO SUBSISTEMA DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO:
el Subsistema de Formación para el Trabajo, está enfocado en dar más oportunidades de inserción o reinserción laboral a los desempleados, y en la progresión de los trabajadores en su trayectoria laboral, para ello, los programas de la Formación para el Trabajo deben estar en interacción permanente con la cadena de valor en los diferentes sectores del sistema productivo.
Los programas de la formación para el trabajo tienen apego a responder oportunamente, con calidad y
pertinencia, a las demandas del mercado laboral, inciden positivamente en el aumento de la productividad, mejoran la competitividad y generan desarrollo humano en el país.
¿QUE PASARÁ CON LA EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO?
Las Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano IETDH, podrán ofrecer programas de formación para el trabajo y de Educación para el Trabajo. Así mismo, Cuando las Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano -IETDH y el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, oferten programas del SFT, simultáneamente con sus programas de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano y de Formación Profesional Integral, éstos últimos se seguirán rigiendo por la normatividad vigente de acuerdo con su naturaleza jurídica.
¿CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO Y EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO?
Sin estar reglamentada aun la formación para el trabajo es necesario revisar los conceptos legales y de procedimiento que definen a cada una
ASPECTOS | EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO | FORMACIÓN PARA EL TRABAJO |
Definición | De conformidad con el artículo 2.6.2.2 del Decreto 1075 de 2015, la educación para el trabajo y el desarrollo humano hace parte del servicio público educativo y responde a los fines de la
educación consagrados en el artículo 5° de la Ley 115 de 1994. Se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales y conduce a la obtención de certificados de aptitud ocupacional. Comprende la formación permanente, personal, social y cultural, que se fundamenta en una concepción integral de la persona, que una institución organiza en un proyecto educativo institucional y que estructura en currículos flexibles sin sujeción al sistema de niveles y grados propios de la educación formal. Se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y, formar en aspectos académicos o laborales sin sujeción a sistemas de niveles y grados propios de la educación formal. Se organiza en un Proyecto Educativo Institucional – PEI, con el fin de ofrecer programas de formación laboral o académica flexibles y coherentes con las necesidades y expectativas de las personas, la sociedad, las demandas del mercado laboral y del sector productivo |
Proceso formativo teórico práctico, organizado y estructurado, mediante el cual las instituciones oferentes dan respuesta a los requerimientos del sector productivo y donde las personas se cualifican para su desempeño competente en funciones productivas, como emprendedor o empleado. Integra y moviliza conocimientos, destrezas y actitudes; e identifica, genera y promueve valores para la convivencia social y la realización humana |
ENTE REGULADOR | Ministerio de Educación | Ministerio del Trabajo |
OFERTA | programas de formación laboral y programas de formación académica | Siete tipos de técnicos por niveles fundamentados en el Marco nacional de Cualificaciones (sin aprobar) |
TIPO DE TITULO O CERTIFICADO QUE SE EXPIDEN | Certificado de aptitud ocupacional en:
· Conocimientos académicos · Técnico laboral por competencias · Auxiliar en (para programas auxiliares en salud) |
Sin definir |
RECONOCIMIENTO POR LA EDUCACIÓN SUPERIOR | SI, ley 1064 y decreto 1075 | No. |
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA | A cargo de las Secretarias de Educación certificadas en cada entidad territorial | Dirección de Movilidad y
Formación para el Trabajo, del Ministerio del Trabajo o quien haga sus veces. |
ASPECTOS TÉCNICOS PARA EL DISEÑO DE PROGRAMAS D | Clasificación Nacional de Ocupaciones y las Normas Sectoriales de Competencia Laboral | Marco Nacional de Cualificaciones (sin reglamentar) |
OFERENTES | El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, las Instituciones de Educación para el
Trabajo y Desarrollo Humano – IETDH, y las Instituciones de Educación Superior – IES |
El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, las Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano – IETDH, y las Instituciones de Educación Superior – IES |
SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA CONSULTA | Sistema de Información de Educación para el Trabajo – SIET- creado y consolidado | Sin crear. |
encuentre el texto del proyecto en el enlace